domingo, 22 de mayo de 2011
lunes, 16 de mayo de 2011
El cine y la bioética
Pbro. Dr. José Juan García - Especialista en bioética. Párroco de Nuestra Señora de Tulum, Villa Carolina, Rawson.
sábado, 9 de abril de 2011
PRIMER CONGRESO NACIONAL DE LA RED FEDERAL DE FAMILIAS DECLARACIÓN DE MENDOZA
Entre los días 1° y 3 de abril de 2011 se celebró en la ciudad de Mendoza el Primer Congreso Nacional de la Red Federal de Familias.
En los salones del Hotel Ejército de los Andes, representantes de movimientos, grupos, y asociaciones de todas las provincias del país que promueven y defienden la familia y la vida, se reunieron con el objeto de presentar públicamente la RED FEDERAL DE FAMILIAS.
Con la participación de más de 700 personas, en el marco de un entusiasmo difusivo, reafirmaron el compromiso de reconocer, difundir y promover la vigencia en el orden social, de los siguientes principios no negociables y constitutivos del Ideario y la finalidad de la Red: a) el respeto y la protección de la vida humana en todas las etapas de su desarrollo, desde la concepción y hasta la muerte natural; b) la estructura natural de la familia fundada en el matrimonio de un varón y una mujer, abierto a la transmisión de la vida; c) el derecho y deber originarios de los padres a educar a sus hijos conforme a sus convicciones morales y religiosas; y d) la procura y promoción del bien común como deber de gobernantes y gobernados.
Durante el desarrollo del Congreso se escucharon interesantes conferencias y conmovedores testimonios de vida y acción; y se realizaron fructíferos trabajos en comisión referidos a aquellos objetivos convocantes.
La Red es un testimonio de unidad en la acción, según la siguiente regla que se asume como propia: “En lo esencial, unidad; en lo opinable libertad; y en todo, caridad”.
La Red, respetando las actividades propias de cada uno de sus integrantes, las complementa y repotencia.
La Red, a su vez, brinda el acompañamiento y apoyo que todos necesitamos para enfrentar los tiempos difíciles que nos toca vivir.
Por ello, y al finalizar el Congreso, formulamos la siguiente declaración:
1°) La vida humana es sagrada y, por lo tanto, inviolable, e intangible. Toda persona, desde la concepción y hasta su muerte natural, por su dignidad, es sujeto de derecho y merece el pleno respeto a su integridad física, psicológica, social y espiritual. Bajo ningún pretexto se podrá someter la vida humana a manipulación, experimentación, comercialización, violencia o destrucción.
2°) La familia es una institución natural, anterior al Estado, núcleo central de la sociedad civil, comunidad natural de vida fundada en el matrimonio natural constituido por un varón y una mujer, que debe ser respetada y protegida por el Estado. El matrimonio y la familia no son fruto de la casualidad ni de fuerzas inconscientes sino el resultado de una sabia y amorosa institución del Creador, que debemos custodiar y festejar.
3°) La familia es el ámbito natural de la generación de la vida humana. Cada hijo representa una riqueza para la familia y para la sociedad; sin embargo, sea cual fuere el ámbito de su generación, cada niño no nacido posee una dignidad única e irrepetible, que debe ser respetada, por lo que es injustamente discriminatorio calificarlo de “deseado” o “no-deseado”.
4°) Los padres tienen obligaciones, responsabilidades y derechos respecto de sus hijos, principalmente en su educación, sin que puedan admitirse injerencias arbitrarias que afecten las convicciones éticas y religiosas de cada familia.
5°) La familia, independientemente de su realidad socioeconómica, deberá contar con asistencia médica durante todas las etapas de la vida. No sólo las escuelas, sino también quienes ejecuten las políticas de salud pública, deberán actuar bajo el consentimiento explícito y el control de los padres para tratar temas de salud y sexualidad con los menores. La llamada “confidencialidad” aplicada a los menores es un gravísimo e irresponsable abuso de las autoridades.
Hemos decidido, mediante la Red de Votantes, esclarecer en la opinión pública los temas prioritarios en la elección de autoridades, de acuerdo a los principios enunciados.
Hemos lanzado el proyecto de Protección Integral de la Familia mediante el procedimiento de iniciativa popular previsto por la Constitución Nacional. Deberá tenerse en cuenta que cada mesa donde se recepten las firmas para esa Iniciativa es un núcleo de resistencia a la destrucción cultural de nuestra Patria.
Valoramos que un grupo importante de Diputados Nacionales de distintas extracciones partidarias haya hecho propio el título III de nuestra Iniciativa Popular, en el proyecto de ley llamado “Régimen de Protección Integral de los Derechos Humanos de las Mujeres Embarazadas y de los Niños por Nacer” (expte. n°8516-D-2010). Instamos a los demás legisladores con mandato vigente a incorporar sus firmas a dicho Proyecto y a convertirlo en ley como debido servicio al bien común
NOS COMPROMETEMOS A FORTALECER Y EXPANDIR ESTA RED FEDERAL DE FAMILIAS Y, DESDE MENDOZA, CONVOCAMOS A TODOS A UNIRSE A ESTA EMPRESA.
Dado en la Ciudad de Mendoza, República Argentina, a los tres (3) días del mes de abril de dos mil once.
Firman:
Marcos Terán, por la Junta Ejecutiva Federal de la Red Federal de Familias
Aurelio García Elorrio, por el Concejo de Delegados Provinciales de la Red Federal de Familias
Manuel Martín Sjösberg, responsable del Primer Congreso Nacional de la Red Federal de Familias
Un joven Down exaltó la vida: “Somos personas, no una carga”
Buenos Aires, 30 Mar. 11 (AICA)
El aborto es un crimen que no se puede legitimar
25 de marzo
Fiesta de la Anunciación
Día del niño por nacer
San Miguel de Tucumán, 25 de Marzo
El aborto es un crimen
que no se puede legitimar
domingo, 2 de enero de 2011
No existe el derecho al aborto. Lo dijo el Tribunal Europeo
(AICA) En un fallo histórico, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos afirmó con contundencia que no existe el derecho humano al aborto, en cambio sí existe el deber del Estado de proteger la vida, según informó la agencia católica internacional Zenit.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que no hay un “derecho humano al aborto”, en un caso relativo a un desafío a la Constitución irlandesa. La Gran Sala del tribunal europeo emitió, el jueves 16 de diciembre, un fallo sobre el "caso A, B y C versus Irlanda", señalando que la prohibición constitucional irlandesa de abortar no viola la Convención Europea de Derechos Humanos. El desafío a la norma irlandesa fue llevado al tribunal por tres mujeres que afirmaban haber sido “obligadas” a ir al extranjero a abortar, alegando que ponían en peligro su salud.
El tribunal decidió que las leyes del país no violan la Convención Europea de Derechos
Humanos, que destaca el “derecho al respeto a la vida privada y familiar”.
El Centro Europeo de Derecho y Justicia, parte tercera en este caso, elogió el mayor reconocimiento del tribunal del “derecho a la vida del no nacido”.
El director del centro, Grégor Puppinck, explicó a Zenit la preocupación de que el tribunal “reconociera un derecho al aborto” como un “nuevo derecho derivado de la interpretación cada vez más amplia del artículo 8”.
Sin embargo, dijo, “el tribunal no reconoció este derecho”, sino que “reconoció el derecho a la vida del no nacido como un derecho legítimo”.
Puppinck aclaró que “el tribunal no reconoce el derecho a la vida del no nacido como un derecho absoluto, sino como un derecho que debe ser valorado con otros intereses en conflicto, como la salud de la madre u otros intereses sociales”.
Equilibrio de intereses
Sin embargo, añadió, “los Estados tienen un amplio margen de apreciación al ponderar esos intereses en conflicto, incluso aunque haya un vasto consenso pro-aborto en la legislación europea”.
“Esto es importante: el amplio consenso pro-aborto en la legislación europea no crea ninguna nueva obligación, como en otros temas social y moralmente debatidos”, dijo.
Y añadió: “Así, un Estado es libre de proporcionar un grado muy elevado de protección del derecho a la vida del niño no nacido”.
“El derecho a la vida del niño no nacido puede superar legítimamente otros derechos en conflicto garantizados”.
Según Puppinck, “como tal, no existe un derecho autónomo a someterse a un aborto basado en la Convención”.
El director del Centro Europeo de Derecho y Justicia afirmó: “No recuerdo ningún caso anterior que reconozca claramente un derecho autónomo a la vida del niño no nacido”.
Un comunicado del Centro Europeo de Derecho y Justicia destaca que “el objetivo natural y el deber del Estado es proteger la vida de su gente; las personas, por tanto, mantienen el derecho a tener sus vidas protegidas por el Estado”.
“La reciprocidad entre los derechos de las personas y el deber del Estado en el campo de la vida y la seguridad se considera tradicionalmente como el fundamento de la sociedad pública; además, es el fundamento de la autoridad y la legitimidad estatal”, indica.
Y añade que “la autoridad para prescribir la protección del derecho a la vida corresponde originariamente al Estado y se ejerce en el marco de su soberanía”.
